viernes, 24 de agosto de 2012

Patricio Pazmiño demostró que las impugnaciones del Colegio de Abogados del Guayas tienen como base un panfleto anónimo



En la última audiencia de impugnación en el concurso de jueces constitucionales, el Dr. Patricio Pazmiño Freire demostró que Juan Vizuete no está habilitado legalmente para impugnar debido a que no existen documentos debidamente certificados que acrediten a Vizuete como reemplazo oficial de Alfonso Luz en el cargo de presidente del Colegio de Abogados del Guayas. Este hecho es suficiente para invalidar la presente audiencia.
Sin embargo, el Dr. Patricio Pazmiño demostró que las impugnaciones del Colegio de abogados de Guayaquil tienen como base un  panfleto anónimo publicado en su contra y de su familia, que se difundió hace algunos días atrás por medios electrónicos. Las impugnaciones presentadas por Juan Vizuete  tienen  idéntica argumentación que dicho panfleto anónimo.
Existe una clara conspiración de estos impugnantes para dañar mi imagen y buen nombre, por lo que posteriormente deberán responder ante la justicia, aseguró Pazmiño.
El Dr. Pazmiño entregó a la comisión documentos suscritos por la Dirección de Recursos Humanos que desbaratan la acusación de nepotismo ya que demuestran que ninguno de los cargos detallados en la impugnación requerían el llamado a concurso de merecimientos y oposición. Además entregó documentos suscritos por el Secretario de Gestión institucional de la CC que prueban que desde el mes de julio del 2007 hasta la presente fecha NO han ingresado  ni son parte de la Institución parientes del Dr. Patricio Pazmiño Freire que estén incursos en las prohibiciones establecidas en la figura jurídica de nepotismo. Asimismo, la Directora de Recursos Humanos de la CC, Sindy Estévez, que forma parte del Ministerio de Relaciones Laborales y se encuentra en comisión de servicios en la institución, certificó que ha revisado los expedientes del personal que reposan en su Dirección y que ha constatado que desde el mes de julio del año 2007 hasta la presente fecha no han ingresado a laborar en la Institución bajo ninguna modalidad parientes del Dr. Patricio Pazmiño Freire, comprendidos dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad y la Directora de Asesoría Legal, que contiene efectuó un pormenorizado análisis técnico-jurídico sobre el nepotismo que libera de toda responsabilidad a Patricio Pazmiño.
Durante la audiencia se dejó en claro que Vizuete pretendió además utilizar un  documento incompleto con base en un informe respecto  de la situación interna de la Corte Constitucional, pero que dicho documento reposa en la Secretaría General en sobre cerrado y no ha sido conocido por el Pleno, por lo que constituye una prueba que carece de validez. “Las pruebas obtenidas o actuadas con violación de la Constitución o la ley no tendrán validez alguna y carecerán de eficacia probatoria”. En consecuencia el documento presentado que además esta incompleto y se pretende hacerlo valer en esta impugnación, es por si solo violatorio a este principio constitucional y por lo tanto inexistente e inválido, Patricio Pazmiño.
Al respecto de la impugnación sobre causas que se tramitan en la Corte Constitucional, el Dr. Pazmiño recordó que según la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, el Reglamento de Trámite de Expedientes ante la Corte Constitucional y el Reglamento Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, le corresponde realizar a la Secretaría General o a la Secretaría Técnica Jurisdiccional tales trámites que los impugnantes le imputan al Dr. Pazmiño por lo que sus acusaciones no tienen fundamento.