viernes, 7 de septiembre de 2012

La Corte Constitucional rechaza críticas a la gestión de Causa Constitucional

Quito, 7 de septiembre de 2012

Licenciada
Janeth Hinostroza
LA MAÑANA DE 24 HORAS
TELEAMAZONAS


De mi consideración:

En el programa “La mañana de 24 horas”, llevado a cabo el jueves 6 de septiembre de 2012, se abordó un caso que se encuentra en la fase final de resolución en la Corte Constitucional. Al respecto me permito hacer las siguientes observaciones:

Sobre el caso 0050-09-IS de la señora María Sulay Morales Bosmediano, la Secretaría General de este Organismo certifica que el Pleno, en junio del 2011, dispuso a la Unidad de Relatoría que prepare un informe en el que se establezcan las líneas de pensamiento jurídico que permitan al Pleno tomar decisiones uniformes sobre este tipo de acciones; este informe se encuentra en Secretaría General para ser conocido por el Pleno de la Corte Constitucional.

Como lo manifestó la señora Morales, la Corte Constitucional mantiene una política de puertas abiertas y ha recibido a la señora Morales por varias oportunidades, donde se le ha informado el estado del trámite.

Por lo expuesto, rechazo firmemente las afirmaciones y acusaciones directas que ha manifestado la señora Morales con respecto al ejercicio de mis funciones como Presidente del Organismo, puesto que el estado de la causa aún no ha sido resuelta por el Pleno y por consiguiente, ni yo ni los demás jueces de la Corte Constitucional conocemos el proyecto de sentencia. Es por lo expuesto que estoy impedido de adelantar alguna opinión respecto al caso.

No se ha dejado en la indefensión a la señora Morales, la sustanciación de su causa ha seguido el procedimiento regular. La Corte Constitucional para el período de Transición ha resuelto 17.500 causas que amparan los derechos constitucionales de personas e instituciones de gremios privados e instancias públicas de mujeres, hombres y niños.

Sin embargo, en la labor de administrar justicia siempre habrá cuestionamientos y críticas de las partes que se sientan afectadas, a pesar de que la Corte Constitucional toma sus decisiones de forma jurídica, en el marco del estricto respeto a la Constitución.

Por lo tanto, en aplicación del artículo 66 numeral 7 de la Constitución, de manera atenta, me permito solicitar a usted, se realice la rectificación correspondiente, dando lectura a la presente.

Anticipándole mi reconocimiento, me suscribo de usted con sentimientos de alta estima.


Atentamente,

Dr. Patricio Pazmiño Freire
PRESIDENTE DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
PARA EL PERÍODO DE TRANSICIÓN